EMPRESAS QUE NO HAN PAGADO GRATIFICACIÓN POR FIESTAS PATRIAS DEBEN SER DENUNCIADAS
Ayer, 15 de julio, venció el plazo que tenían las empresas para pagar la gratificación de Fiestas Patrias a sus trabajadores, beneficio que fue exonerado de descuentos por los aportes a Essalud y a las AFP.
En diálogo con elcomercio.pe, el ex ministro de Trabajo Mario Pasco Cosmópolis alertó sobre las consecuencias que podrían tener las empresas que no han cumplido con el pago.
“Una empresa que no ha depositado la CTS y que el 15 de junio no ha pagado todavía la gratificación, qué se puede hacer, denunciarla ante el servicio inspectivo del Ministerio de Trabajo y en caso más grande demandarla judicialmente”, para que reciba la sanción respectiva, recomendó.
El abogado laboralista recordó que “para poder tener gratificación completa en julio hay que trabajar del primero de enero al 30 de junio sin que haya ningún mes incompleto”.
Sin embargo, también explicó cómo se realiza el cálculo para los que empezaron a trabajar en una empresa ya transcurridos los días de un mes. Por ejemplo, “si yo entré el primero de marzo, voy a sacar cuatro meses; pero si entré el 15 de marzo, voy a sacar tres meses, tres sextos”, detalló
Ayer, 15 de julio, venció el plazo que tenían las empresas para pagar la gratificación de Fiestas Patrias a sus trabajadores, beneficio que fue exonerado de descuentos por los aportes a Essalud y a las AFP.
En diálogo con elcomercio.pe, el ex ministro de Trabajo Mario Pasco Cosmópolis alertó sobre las consecuencias que podrían tener las empresas que no han cumplido con el pago.
“Una empresa que no ha depositado la CTS y que el 15 de junio no ha pagado todavía la gratificación, qué se puede hacer, denunciarla ante el servicio inspectivo del Ministerio de Trabajo y en caso más grande demandarla judicialmente”, para que reciba la sanción respectiva, recomendó.
El abogado laboralista recordó que “para poder tener gratificación completa en julio hay que trabajar del primero de enero al 30 de junio sin que haya ningún mes incompleto”.
Sin embargo, también explicó cómo se realiza el cálculo para los que empezaron a trabajar en una empresa ya transcurridos los días de un mes. Por ejemplo, “si yo entré el primero de marzo, voy a sacar cuatro meses; pero si entré el 15 de marzo, voy a sacar tres meses, tres sextos”, detalló
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