lunes, 4 de enero de 2010

DISCURSO DE APERTURA DEL AÑO JUDICIAL 2010 DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE HUAURA.( PRIMERA PARTE)

Hace un año asumí la presidencia de esta Corte, con la intención de hacer las cosas lo mejor que se pueda por el bienestar de la colectividad, y señalé que los pilares de la gestión que se iniciaba debían ser la eficiencia y la honestidad, que deben ir de la mano. Hoy tras un año de mi gestión debo decir que aún no hemos logrado lo que queríamos debido a diversos factores, sin embargo estamos avanzando en esa dirección y esperamos no perder el rumbo en lo que resta de mi período para el cual fui elegido.
Al asumir la presidencia el 5 de enero del 2010, presenté un plan de trabajo conteniendo doce puntos, y hoy en cumplimiento de lo previsto en el artículo 92 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, debo dar cuenta de la labor cumplida durante el año judicial 2009, especialmente del cumplimiento de las propuestas presentadas al asumir el cargo.
En tal sentido, paso a dar lectura a un resumen de la memoria judicial del año 2009 teniendo en cuenta cada uno de los puntos de mi discurso de apertura del año judicial 2009.
1.- Independencia del Juez: Conforme al compromiso asumido al inicio de mi gestión, en el presente año se ha garantizado plenamente la independencia en el ejercicio de la función jurisdiccional a todos y cada uno de los jueces de la Corte Superior de Justicia de Huaura, ya sean titulares, provisionales o suplentes y debo resaltar, que todos los jueces de nuestra Corte Superior de Justicia de Huaura han sabido actuar con autonomía e independencia, y la Presidencia ha respetado dicha independencia, dando su respaldo a los magistrados por su actuación, en tanto que ésta se ciña a la Constitución y a la Ley.
2.- Reforma Procesal Penal:
Contribución al éxito del proceso: Los magistrados de los órganos jurisdiccionales que aplican el NCPP en la Corte Superior de Justicia de Huaura, han colaborado con otros Distritos Judiciales, dictando conferencias y actuando como facilitadores en eventos de capacitación sobre el Nuevo Código Procesal Penal organizados por la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, Puno, Amazonas, Huancavelica, Lambayeque, Madre de Dios, Lima Norte, Ica, Huánuco, Tumbes, Piura y Tacna.
Capacitación en la práctica: En los meses de febrero, marzo, agosto, octubre y noviembre se recibió la visita de Comisiones de Implementación del NCPP o delegación de magistrados de las Cortes Superiores de Tumbes, San Martín, Cañete, Puno, Huancavelica, Ayacucho, Callao, Cuzco, Moquegua, Lambayeque y Tacna que venían a realizar pasantías, con el objeto de aprender in situ de la aplicación del nuevo sistema procesal penal. Asimismo se recibió la visita de delegaciones del Ministerio Público provenientes de los distritos judiciales de Arequipa y Lambayeque.
Presencia de la Corte de Huaura en la conformación del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal.
Al inicio del año se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, la Resolución Administrativa mediante la cual se conformaba el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, y en dicha conformación inicial no había un representante de la Corte de Huaura, ante lo cual se realizaron las gestiones pertinentes ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, lográndose la inclusión como integrante del ETI del Dr. Luis Alberto Vásquez Silva, quien en ese momento presidía la Sala Penal Permanente.
Conversión e incremento de órganos jurisdiccionales:
En el año 2009, se incrementó el número de órganos jurisdiccionales que aplican el nuevo modelo procesal penal, así en el caso de las provincias de Barranca y Huaral se convirtió el Segundo Juzgado Penal Transitorio en Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, posteriormente el Juzgado Penal Colegiado Permanente se desdobló en tres juzgados unipersonales, con lo que sumados al juzgado penal unipersonal ya existente, ahora en la provincia de Huaura tenemos cuatro juzgados penales unipersonales, y los jueces a cargo de dichos juzgados a la vez integran los juzgados colegiados cuando sea necesario.
Aplicación de herramientas informáticas para la realización de las audiencias:
En nuestra Corte se utilizó por primera vez en la historia judicial del Perú, el sistema de videoconferencia por Internet para llevar a cabo una audiencia de terminación anticipada, en la que el imputado se encontraba fuera del país, específicamente en la ciudad de Milán dicha audiencia se llevó a cabo el día 24 de junio y estuvo a cargo del Dr. Carlos Fidel Humala Trigoso, Juez del Segundo Juzgado de Investigación Preparatoria de Huaura.
Con posterioridad se han desarrollado otras audiencias utilizando el sistema de Internet dando resultados positivos para la reforma procesal penal.
Disminución de la carga procesal y mejora en los tiempos de atención:
Es sabido que con el nuevo modelo procesal penal, ya no todas las denuncias que llegan al Ministerio Público se judicializan, pues existe el filtro de calificación que efectúa el Ministerio Público, de modo que sólo deben llegar al Poder Judicial aquéllos casos en que existan suficientes elementos que acrediten la existencia de la responsabilidad penal del imputado, y cuando ello no ocurre se deberá archivar la causa en sede fiscal o dictarse el sobreseimiento en sede judicial, sin perjuicio de la aplicación de las salidas alternativas como el principio de oportunidad y los acuerdos reparatorios, así como de la terminación anticipada cuando corresponda.
Esta situación se ve reflejada en una disminución de la carga procesal del área penal con respecto a los años anteriores, lo que a su vez trae consigo una disminución en los tiempos de atención, pues al haber menos procesos las audiencias se programan en fechas más cercanas desde que ingresan los requerimientos respectivos.
Coordinación con las otras entidades involucradas en la reforma procesal penal:
Se han desarrollado cinco sesiones de la Comisión Distrital de Implementación del Código Procesal Penal, habiéndose acordado continuar con la difusión del Código Procesal Penal en diversos lugares, lo que estuvo a cargo de una subcomisión interinstitucional, asimismo se acordó realizar una capacitación dirigida a los miembros de la Policía Nacional, la que estuvo a cargo de la subcomisión antes citada.
En el mes de diciembre se aprobaron los informes del tercer año de aplicación del Código Procesal Penal, elaborados por cada una de las entidades que conforman el sistema procesal penal.
3.- Jueces Suplentes:
La evaluación y selección de abogados hábiles para ocupar cargos de jueces suplentes en los diferentes niveles en la Corte Superior de Justicia de Huaura, estuvo a cargo de una comisión que fue designada mediante Resolución Administrativa Nº372-2008-P-CSJHA-PJ del 16 de diciembre del 2008, quienes realizaron el referido proceso durante los meses de diciembre del 2008 y enero del 2009, remitiendo los resultados a la Sala Plena de la Corte Superior aprobándose en sesión del 30 de enero del 2009, cuya nómina estaba conformada por 05 profesionales aptos para ocupar el cargo de Vocales Superiores suplentes, 53 abogados aptos para ocupar los cargos de jueces especializados suplentes y 36 abogados aptos para ocupar los cargos de Jueces de Paz Letrado suplentes durante el presente año judicial.
La Presidencia de la Corte Superior, conforme lo establecido en el artículo 239 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, procedió a designar de la referida lista a los 38 Jueces Suplentes que a la fecha vienen ejerciendo funciones en los diferentes órganos jurisdiccionales permanentes y transitorios de nuestra Corte Superior, considerando su perfil profesional y humano.
Promoción del personal jurisdiccional para ejercer la magistratura:
Uno de los principales criterios de esta gestión para designar a quienes ejercerían el cargo de Jueces Suplentes durante el Año Judicial 2009, fue el dar la oportunidad al personal jurisdiccional de esta Corte Superior que cumplía con los requisitos establecidos en los artículos 179, 180 181 y 182 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, y en su momento con los requisitos establecidos en los artículos 7, 8 y 9 de la Ley de la Carrera Judicial y que se encontraban en la Nómina de Abogados Aptos aprobado en su oportunidad por la Sala Plena.
Es así, que, de los 38 jueces suplentes de nuestra Corte Superior (hoy llamados jueces supernumerarios), 13 son Secretarios o Relatores de Sala, o Secretarios de Juzgado promovidos a los cargos de Jueces de Paz Letrado ó Jueces Especializados en las diferentes provincias conformantes de nuestro Distrito Judicial, lo que constituye el 34% del total.
4.- Jueces Provisionales:
Respetando el derecho de los Jueces Titulares de los diferentes niveles, a ser promovidos al nivel inmediato superior, desde el inicio de la presente gestión se procedió a designar como Jueces Provisionales a todos aquellos que cumplían con los requisitos establecidos en los artículos 236, 237 y 238 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; y, a mantener como tales a aquellos que se encontraban desempeñando el cargo de manera provisional desde años anteriores. Sin embargo con el inicio de la vigencia de la Ley de la Carrera Judicial el 07 de mayo del 2009, se tuvo que disponer el retorno a la plaza de origen de aquellos magistrados que no cumplían con los nuevos requisitos establecidos por dicho cuerpo normativo, y que eran de aplicación inmediata.
Así, luego de la implementación de la Ley de la Carrera Judicial en la designación de los Jueces de los diferentes niveles en nuestra Corte Superior contamos con 08 jueces superiores provisionales y 06 jueces especializados provisionales.
5.- Personal auxiliar jurisdiccional y administrativo:
Sobre los Concursos de Selección de Personal durante el Año Judicial 2009: En cumplimiento a lo establecido en la Directiva Nº 004-2008-CE-PJ “Reglamento para el Desarrollo de los Concursos de Selección de Personal en el Poder Judicial”, la Comisión respectiva realizó en el mes de marzo del 2009, un concurso interno a fin de cubrir una plaza vacante de Secretario de Sala, en el que participaron aquellos servidores que ocupaban el cargo de Secretario o Relator de Sala sin haber ingresado por concurso público de méritos, conforme a las disposiciones emanadas de la Presidencia del Poder Judicial y de la Gerencia General del Poder Judicial.
Posteriormente, se realizó el Concurso de Ascenso ó Interno en el mes de abril del 2009, en el que se sometieron a concurso 31 plazas, habiéndose cubierto un total de 08 plazas.
En el mes de mayo del 2009, se realizó el concurso de Incorporación o Concurso externo, habiéndose sometido a concurso 23 plazas distribuidas habiéndose cubierto 11 plazas.
Conforme lo establece el Reglamento de Selección de Personal, en el mes de noviembre del año en curso, se sometió a concurso de Ascenso o Interno 27 plazas vacantes, habiéndose cubierto únicamente 04 vacantes. Finalmente en el mes de Diciembre, se realizó el segundo concurso de Incorporación ó externo, habiéndose ofertado 23 plazas vacantes siendo cubiertas sólo 10 plazas.
Podemos afirmar entonces que a la fecha, la Corte Superior de Justicia de Huaura, viene cumpliendo con los lineamientos generales del Poder Judicial referidos a que todo ingreso de personal debe efectuarse por concurso público de méritos, o en su caso a través de los concursos internos.

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