Más de seis millones y medio de escolares peruanos ganan con la sentencia del Tribunal Constitucional, que consagra la plena validez de la Ley que declara a la Educación Básica Regular (EBR) como un Servicio Público Esencial en el Perú.
Así lo afirmó hoy el viceministro de Gestión Institucional, Víctor Raúl Díaz Chávez, al comentar el referido fallo que declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad planteada por el ex dirigente del Sutep, Robert Huaynalaya y sus seguidores, contra la mencionada ley.
Con este pronunciamiento, el pleno del TC consideró que el derecho a la educación de los menos protegidos -en este caso de los escolares de las Instituciones Educativas del Estado- prima sobre el de la huelga de los maestros, mencionó Díaz Chávez.
“El fallo del TC no es contra los maestros, sino contra una dirigencia sindical politizada y que le importa muy poco la enseñanza y el aprendizaje en las aulas de la escuela pública, lugar al que asisten los hijos de las familias más necesitadas del país”, agregó el viceministro.
Agregó que el pleno del máximo organismo constitucional se ha comportado a la altura de las circunstancias, garantizando que los niños y niñas en etapa escolar no pierdan ningún día de clases.
Con su fallo publicado ayer en el diario oficial El Peruano, el TC consagra la plena validez de la Ley 28988, que declara a la EBR como Servicio Público Esencial, señalando que sí cabe restringir el derecho a huelga de los maestros.
También hace lo propio con la Ley 29062, Ley de la Carrera Pública Magisterial, que modifica la antigua Ley de Profesorado.
En este aspecto, el TC considera que verse sometidos a evaluaciones, no constituye una amenaza inminente contra los derechos constitucionales invocados por los demandantes.(Andina)
Así lo afirmó hoy el viceministro de Gestión Institucional, Víctor Raúl Díaz Chávez, al comentar el referido fallo que declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad planteada por el ex dirigente del Sutep, Robert Huaynalaya y sus seguidores, contra la mencionada ley.
Con este pronunciamiento, el pleno del TC consideró que el derecho a la educación de los menos protegidos -en este caso de los escolares de las Instituciones Educativas del Estado- prima sobre el de la huelga de los maestros, mencionó Díaz Chávez.
“El fallo del TC no es contra los maestros, sino contra una dirigencia sindical politizada y que le importa muy poco la enseñanza y el aprendizaje en las aulas de la escuela pública, lugar al que asisten los hijos de las familias más necesitadas del país”, agregó el viceministro.
Agregó que el pleno del máximo organismo constitucional se ha comportado a la altura de las circunstancias, garantizando que los niños y niñas en etapa escolar no pierdan ningún día de clases.
Con su fallo publicado ayer en el diario oficial El Peruano, el TC consagra la plena validez de la Ley 28988, que declara a la EBR como Servicio Público Esencial, señalando que sí cabe restringir el derecho a huelga de los maestros.
También hace lo propio con la Ley 29062, Ley de la Carrera Pública Magisterial, que modifica la antigua Ley de Profesorado.
En este aspecto, el TC considera que verse sometidos a evaluaciones, no constituye una amenaza inminente contra los derechos constitucionales invocados por los demandantes.(Andina)
No hay comentarios:
Publicar un comentario