DIRESA LIMA OFICIALIZA FUNCIONES DEL CONSEJO PROVINCIAL DE SALUD DE BARRANCA
El Consejo Provincial de Salud de Barranca fue oficializado a través de la resolución Nº 457-2010 que emitió la Dirección Regional de Salud (Diresa) del Gobierno Regional de Lima, en concordancia con la ley Nº 27813 que establece que estará integrado por los representantes de las organizaciones e instituciones de su ámbito provincial.
El objetivo fundamental de este equipo es promover la concertación, coordinación, planificación estratégica y evaluación de las diferentes actividades de salud en su jurisdicción. De igual modo, articulará esfuerzos con la sociedad civil y todas sus instancias en la provincia de Barranca.
La entrega de resoluciones a cada uno de los integrantes estuvo a cargo del director de la Diresa Lima y presidente del Consejo Regional de Salud Lima, Dr. José Darwin Cuadros Maco, quien precisó que este ente descentralizado de salud realizará un trabajo multisectorial e intergubernamental.
“El Consejo Provincial de Salud de Barranca será el ente que genere políticas provinciales y regionales en beneficio de la población”, enfatizó.
Por su parte, el alcalde provincial de Barranca, Dr. Romel Ullilén Vega, calificó a este evento como un acto trascendente y se comprometió a realizar un trabajo coordinado entre sociedad civil, municipio y gobierno regional.
“Soy consciente que la salud tiene que tener un enfoque integral, con un trabajo coordinado de todos los sectores, cumpliendo los objetivos del Consejo Provincial de Salud de una manera responsable y con la finalidad de conseguir una salud de calidad”, acotó.
El evento se desarrolló en el auditorio de la comuna provincial. Participaron, además, el director de la red de salud Barranca-Cajatambo, Dr. Miguel Changa Arequipeño, entre otras autoridades barranquinas.
Cabe resaltar que los Consejos Provinciales de Salud se conforman de acuerdo a un cronograma en las nueve provincias de la región Lima. Éstos están normados mediante la ley Nº 27813, que crea el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado en Salud (SNCDS).
El Consejo Provincial de Salud de Barranca fue oficializado a través de la resolución Nº 457-2010 que emitió la Dirección Regional de Salud (Diresa) del Gobierno Regional de Lima, en concordancia con la ley Nº 27813 que establece que estará integrado por los representantes de las organizaciones e instituciones de su ámbito provincial.
El objetivo fundamental de este equipo es promover la concertación, coordinación, planificación estratégica y evaluación de las diferentes actividades de salud en su jurisdicción. De igual modo, articulará esfuerzos con la sociedad civil y todas sus instancias en la provincia de Barranca.
La entrega de resoluciones a cada uno de los integrantes estuvo a cargo del director de la Diresa Lima y presidente del Consejo Regional de Salud Lima, Dr. José Darwin Cuadros Maco, quien precisó que este ente descentralizado de salud realizará un trabajo multisectorial e intergubernamental.
“El Consejo Provincial de Salud de Barranca será el ente que genere políticas provinciales y regionales en beneficio de la población”, enfatizó.
Por su parte, el alcalde provincial de Barranca, Dr. Romel Ullilén Vega, calificó a este evento como un acto trascendente y se comprometió a realizar un trabajo coordinado entre sociedad civil, municipio y gobierno regional.
“Soy consciente que la salud tiene que tener un enfoque integral, con un trabajo coordinado de todos los sectores, cumpliendo los objetivos del Consejo Provincial de Salud de una manera responsable y con la finalidad de conseguir una salud de calidad”, acotó.
El evento se desarrolló en el auditorio de la comuna provincial. Participaron, además, el director de la red de salud Barranca-Cajatambo, Dr. Miguel Changa Arequipeño, entre otras autoridades barranquinas.
Cabe resaltar que los Consejos Provinciales de Salud se conforman de acuerdo a un cronograma en las nueve provincias de la región Lima. Éstos están normados mediante la ley Nº 27813, que crea el Sistema Nacional Coordinado y Descentralizado en Salud (SNCDS).
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