PODER
JUDICIAL ESTÁ VACACIONES PERO
FUNCIONARÁN ÓRGANOS DE EMERGENCIA
EL PODER DEL ESTADO INFORMÓ QUE EN LOS DÍAS NO LABORABLES
DE FEBRERO FUNCIONARÁN LOS ORGANISMOS JURISDICCIONALES DE EMERGENCIA EN TODO EL
PAÍS
El servicio de impartición de justicia no
se interrumpirá durante las vacaciones de jueces, personal
jurisdiccional y administrativo, que abarcarán todo el mes de febrero. En ese
lapso, funcionarán los órganos jurisdiccionales de emergencia en todo el país,
informó el Poder Judicial.
Estos órganos seguirán conociendo y
tramitando los procesos judiciales a su cargo. Atenderán,
además, exclusivamente las materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán
de vacaciones.
En
materia penal: hábeas
corpus, calificación de denuncias con detenido, trámite de libertades,
apelación de mandato de detención, trámite de procesos con reos en cárcel,
homonimias y rehabilitaciones.
En
materia civil: acciones
de garantía y medidas cautelares fuera de proceso;en
materia de familia: consignaciones
de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de
menores en abandono y menores infractores.
También medidas cautelares de régimen
provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el equipo
multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en
forma de ejecución anticipada, tenencia provisional; procesos sobre
interdicción civil tramitados ante los juzgados de familia en materia cautelar
y en las salas superiores.
En
materia laboral atenderán
consignaciones laborales y todas aquellas solicitudes que los jueces, de
acuerdo con su facultad discrecional, consideren de urgente atención en materia
contencioso-administrativa, constitucional y previsional u otras que estimen
convenientes.
En la Corte Suprema de Justicia, la Sala
Penal Permanente continuará atendiendo los expedientes a su cargo, así como las
situaciones de emergencia que se presenten en la Sala Penal Transitoria.
Asimismo, una mesa de partes recibirá asuntos
correspondientes a la materia civil, penal y de derecho constitucional y
social.
La resolución dispone, asimismo, que los
presidentes de las cortes superiores donde se encuentra vigente el nuevo Código
Procesal Penal y la nueva Ley Procesal del Trabajo adopten las medidas
convenientes para que el proceso de implementación se cumpla adecuadamente.
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