miércoles, 1 de febrero de 2012


PODER JUDICIAL ESTÁ VACACIONES PERO 
FUNCIONARÁN ÓRGANOS DE EMERGENCIA
EL PODER DEL ESTADO INFORMÓ QUE EN LOS DÍAS NO LABORABLES DE FEBRERO FUNCIONARÁN LOS ORGANISMOS JURISDICCIONALES DE EMERGENCIA EN TODO EL PAÍS
El servicio de impartición de justicia no se interrumpirá durante las vacaciones de jueces, personal jurisdiccional y administrativo, que abarcarán todo el mes de febrero. En ese lapso, funcionarán los órganos jurisdiccionales de emergencia en todo el país, informó el Poder Judicial.
Estos órganos seguirán conociendo y tramitando los procesos judiciales a su cargo. Atenderán, además, exclusivamente las materias de los órganos jurisdiccionales que saldrán de vacaciones.
En materia penal: hábeas corpus, calificación de denuncias con detenido, trámite de libertades, apelación de mandato de detención, trámite de procesos con reos en cárcel, homonimias y rehabilitaciones.
En materia civil: acciones de garantía y medidas cautelares fuera de proceso;en materia de familia: consignaciones de alimentos, autorización de viaje de menores, violencia familiar, tutela de menores en abandono y menores infractores.
También medidas cautelares de régimen provisional de visitas, anotación de demanda, visitas reguladas por el equipo multidisciplinario y ampliación de régimen de visitas, entrega de menores en forma de ejecución anticipada, tenencia provisional; procesos sobre interdicción civil tramitados ante los juzgados de familia en materia cautelar y en las salas superiores.
En materia laboral atenderán consignaciones laborales y todas aquellas solicitudes que los jueces, de acuerdo con su facultad discrecional, consideren de urgente atención en materia contencioso-administrativa, constitucional y previsional u otras que estimen convenientes.
En la Corte Suprema de Justicia, la Sala Penal Permanente continuará atendiendo los expedientes a su cargo, así como las situaciones de emergencia que se presenten en la Sala Penal Transitoria.
Asimismo, una mesa de partes recibirá asuntos correspondientes a la materia civil, penal y de derecho constitucional y social.
La resolución dispone, asimismo, que los presidentes de las cortes superiores donde se encuentra vigente el nuevo Código Procesal Penal y la nueva Ley Procesal del Trabajo adopten las medidas convenientes para que el proceso de implementación se cumpla adecuadamente.

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