jueves, 12 de enero de 2012

JNE DECLARÓ NULA LA RESOLUCIÓN QUE RECHAZÓ INSCRIPCIÓN DE MOVADEF
MAYORÍA DEL PLENO CONSIDERÓ QUE EL REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS NO CONSIDERÓ ALGUNOS REQUISITOS DE LEY DE PARTIDOS POLÍTICOS Y PIDE NUEVO
El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) declaró nula la resolución del Registro de Organizaciones Políticas (ROP), que rechazó la inscripción del cuestionado partido Por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef), y dispuso que emita un nuevo pronunciamiento respecto de dicho trámite.
En la Resolución 002-2012-JNE, emitida hoy, el colegiado advierte que el ROP tomó una decisión basado únicamente en la existencia de un defecto considerado insubsanable, como es el del “Pensamiento Gonzalo”, como principio guía de la referida organización, y considera que no se tomaron en cuenta otras observaciones en el acta de fundación, los estatutos y los comités partidarios.
A través de un comunicado, se precisa que el ROP tiene “el ineludible deber de analizar el cumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 5 de la Ley de Partidos Políticos, a efectos de emitir un pronunciamiento integral sobre la solicitud de inscripción de un partido”.
“No haber procedido de este modo determina la nulidad de la resolución impugnada y comporta el deber del órgano registral de emitir un nuevo pronunciamiento que siga la secuencia antes señalada”, se lee.
Los miembros del Pleno del JNE que votaron a favor de esta posición son los magistrados José Luis Velarde Urdanivia, Greta Minaya Calle y Modesto Olegario de Bracamonte Meza.
TITULAR SE ABSTUVO
El presidente del organismo, Hugo Sivina Hurtado, se abstuvo de participar debido a que fue víctima del terrorismo.
En voto singular, el magistrado José Pereira Rivarola se mostró partidario de confirmar la resolución emitida por el ROP, es decir, rechazar la inscripción del Movadef.

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