viernes, 26 de agosto de 2011

ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD SERGIO BERNALES

SE CAPACITAN SOBRE EL PROCESO CONSTITUCIONAL DE CUMPLIMIENTO Y HABEAS CORPUS
JUSTICIA EN TU COMUNIDAD SEGUIRÁ CON PONENCIAS JURÍDICAS EN LA PROVINCIA DE HUARAL.
En el auditorio de la Municipalidad Provincial de Huaral se desarrolló la segunda convocatoria del programa “Justicia en tu Comunidad”, la misma que tuvo como asistentes a los alumnos de la Universidad Sergio Bernales, trabajadores de la comuna huaralina, dirigentes de la sociedad civil y público en general.
El Dr. Yony Bernabé Virù Maturrano, Juez del Juzgado Penal Unipersonal, expuso sobre el proceso Constitucional de HABEAS CORPUS, explicó que es un proceso judicial de carácter constitucional que tiene como finalidad proteger la libertad de la persona y los derechos constitucionales conexos con ella (por ejemplo: el derecho de ingresar, transitar y salir del territorio nacional, el derecho a no ser incomunicado) ante violaciones o amenazas de violación provenientes de una autoridad o de un particular. Lo puede presentar el mismo afectado o cualquier otra persona en su nombre; si el Juez comprueba que efectivamente aquéllas se han producido, ordena la inmediata libertad de la persona o, si fuera el caso, ordena que se suspenda la violación o amenaza de violación de un derecho conexo a la libertad.
El Dr. Carlos Enrique Almonte Puraca, Juez del Juzgado Mixto de Chancay, fue ponente de El Proceso Constitucional de Cumplimiento, done la Constitución Política del Estado dispone que "La Acción de Cumplimiento, que procede contra cualquier autoridad o funcionario renuente a acatar una norma legal o un acto administrativo, sin perjuicio de las responsabilidades de ley".
El proceso Constitucional de cumplimiento es un proceso que prima Facie, no tiene por objeto la protección de un derecho o principio constitucional, sino la de derechos legales y de orden administrativo, mediante el control de la inactividad administrativa. Proceso Constitucional de Cumplimiento protege derechos e intereses legítimos de los administrados que se deriven de la inacción de los Órganos de la Administración Pública. Ella, si bien en la doctrina recibe diversas denominaciones, ha venido siendo considerada por el Tribunal Constitucional bajo el título genérico de "Inactividad material de la Administración".
Este informe fue proporcionado por la Econ. Beatriz Bahamonde, Administradora Judicial de Huaral manifestando que en las siguientes semanas se continuarán con más exposiciones jurídicos. Se tratarán temas de familia, como divorcio y unión de hecho, régimen de visitas, tenencia de menor, alimentos, infracción de adolescentes y violencia familiar.

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