jueves, 25 de junio de 2009

EBRIOS O PERSONAS DROGADAS NO PODRÁN VIAJAR EN VEHÍCULOS DE TRANSPORTE PÚBLICO DESDE EL 1 DE JULIO

A partir del 1 de julio, las personas que se encuentren bajo los efectos del alcohol o las drogas no podrán viajar en los vehículos de transporte público, y en caso de hacerlo el conductor, los pasajeros, la autoridad competente o los efectivos de la Policía los obligarán a abandonar la unidad.
Así lo establece el Reglamento Nacional de Administración de Transportes (Renat), el cual establece una serie de obligaciones a los usuarios, entre las que se encuentra la prohibición de trasladar sustancias venenosas, materiales inflamables o explosivos y corrosivos que pongan en peligro la vida de las personas.
Asimismo, la norma prohíbe a los pasajeros entrar en acuerdo con el transportista para burlar las acciones de fiscalización que realiza la autoridad competente o la Policía Nacional, e impide el traslado de artículos o paquetes que molesten o incomoden a los demás usuarios, medida muy acertada que va frenar a los transportistas abusivos se espera que la PNP y Gerencia de Transporte de la Municipalidad Provincial de Cañete no se hagan de la vista gorda. .Tampoco podrán compartir asiento con otra persona. Por excepción, se permitirá que los menores de 5 años viajen con un adulto en el mismo asiento. El Renat es el reglamento que tiene por objeto regular el servicio de transporte terrestre de personas y mercancías, de conformidad con los lineamientos previstos en la ley.
La norma no comprende dentro de su ámbito el servicio de transporte ferroviario ni el servicio de transporte especial de usuarios en vehículos menores motorizados o no motorizados, los que se rigen por sus leyes y reglamentos respectivos.

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