PERIODISTA ES HOSTIGADO POR EX FUNCIONARIO PÚBLICO A
QUIEN IMPUTÓ ACTOS DE CORRUPCIÓN
En la
provincia de Atalaya, región Ucayali, el periodista Raúl Baldomero Velásquez
Aguirre, corresponsal del diario "Ahora", ha sido citado a
declarar por la policía, tras la denuncia interpuesta en su contra por el ex
funcionario público, Adelmo Segundo Guerrero Enciso, por los supuestos
delitos contra la fe pública, la función jurisdiccional y la paz pública.
El ex
director ejecutivo de la Red de Salud de la provincia de Atalaya, quien hace
dos años querelló a Velásquez Aguirre por delito contra el honor, tras haber
perdido en todas las instancias de justicia a las que recurrió, acusa hoy al
periodista de haberse coludido con un secretario de juzgado para truncar el
recurso de apelación a la sentencia que le fue adversa y absolvió al
comunicador social.
En el 2010,
el periodista Velázquez Aguirre fue querellado por difamación y calumnia por
Guerrero Enciso, luego que informara sobre irregularidades cometidas
presuntamente en ejercicio de su función como director ejecutivo de la Red de
Salud de Atalaya, que le valió al entonces funcionario ser sancionado por la
Dirección Regional de Salud Ucayali y denunciado penalmente por presuntos
delitos de peculado al haberse encontrado indicios de mal uso de bienes
públicos con fines políticos.
En la
querella interpuesta contra el periodista, la autoridad jurisdiccional resolvió
la sentencia a su favor al no encontrarle responsabilidad penal. El funcionario
apeló la sentencia pero fuera del tiempo que establece la ley, tal como
consta en una resolución del juzgado que la declaró extemporánea. La Sala Penal
confirmó lo resolución de la autoridad jurisdiccional.
El funcionario,
entonces, con fecha 21 de octubre de 2010, presentó ante el Tribunal
Constitucional (TC) una demanda de amparo contra la Titular del Juzgado Mixto
de Atalaya, los vocales integrantes de la Segunda Sala Penal de la Corte
Superior de Justicia de Ucayali, y el Procurador Público encargado de los
asuntos del Poder Judicial, solicitando se declaren nulas las resoluciones
judiciales emitidas a favor del periodista e invocando afectación a la tutela
procesal efectiva y al debido proceso.
El Tribunal
declaró improcedente la demanda no sólo porque la materia fue ajena a la tutela
de derechos fundamentales, sino porque en el análisis de los pronunciamientos
adoptados no se encontró vulneración de los principios de razonabilidad y
proporcionalidad.
Sobre la sentencia que absolvió al periodista los magistrados del TC opinaron
"que los fundamentos que respaldan la decisión de los magistrados
emplazados se encuentran razonablemente expuestos en la resolución discutida,
siendo que al margen que las mismas sean o no compartidas en su integridad por
parte del recurrente, constituyen justificación suficiente que respalda la
decisión adoptada"
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