miércoles, 21 de marzo de 2012


PERIODISTA ES HOSTIGADO POR EX FUNCIONARIO PÚBLICO A QUIEN IMPUTÓ ACTOS DE CORRUPCIÓN
En la provincia de Atalaya, región Ucayali, el periodista Raúl Baldomero Velásquez Aguirre, corresponsal del diario "Ahora", ha sido citado a  declarar por la policía, tras la denuncia interpuesta en su contra por el ex funcionario público, Adelmo Segundo Guerrero Enciso, por los supuestos delitos contra la fe pública, la función jurisdiccional y la paz pública.
El ex director ejecutivo de la Red de Salud de la provincia de Atalaya, quien hace dos años querelló a Velásquez Aguirre por delito contra el honor, tras haber perdido en todas las instancias de justicia a las que recurrió, acusa hoy al periodista de haberse coludido con un secretario de juzgado para truncar el recurso de apelación a la sentencia que le fue adversa y absolvió al comunicador social.
En el 2010, el periodista Velázquez Aguirre fue querellado por difamación y calumnia por Guerrero Enciso, luego que informara sobre irregularidades cometidas presuntamente en ejercicio de su función como director ejecutivo de la Red de Salud de Atalaya, que le valió al entonces funcionario ser sancionado por la Dirección Regional de Salud Ucayali y denunciado penalmente por presuntos delitos de peculado al haberse encontrado indicios de mal uso de bienes públicos con fines políticos.
En la querella interpuesta contra el periodista, la autoridad jurisdiccional resolvió la sentencia a su favor al no encontrarle responsabilidad penal. El funcionario apeló la sentencia pero fuera del tiempo que establece la ley, tal como consta en una resolución del juzgado que la declaró extemporánea. La Sala Penal confirmó lo resolución de la autoridad jurisdiccional.
El funcionario, entonces, con fecha 21 de octubre de 2010, presentó ante el Tribunal Constitucional (TC) una demanda de amparo contra la Titular del Juzgado Mixto de Atalaya, los vocales integrantes de la Segunda Sala Penal de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, y el Procurador Público encargado de los asuntos del Poder Judicial, solicitando se declaren nulas las resoluciones judiciales emitidas a favor del periodista e invocando afectación a la tutela procesal efectiva y al debido proceso.
El Tribunal declaró improcedente la demanda no sólo porque la materia fue ajena a la tutela de derechos fundamentales, sino porque en el análisis de los pronunciamientos adoptados no se encontró vulneración de los principios de razonabilidad y proporcionalidad. 
Sobre la sentencia que absolvió al periodista los magistrados del TC opinaron "que los fundamentos que respaldan la decisión de los magistrados emplazados se encuentran razonablemente expuestos en la resolución discutida, siendo que al margen que las mismas sean o no compartidas en su integridad por parte del recurrente, constituyen justificación suficiente que respalda la decisión adoptada"

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