ANP DEMANDA A PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
OBSERVAR DENOMINADA "LEY MORDAZA"
La Asociación Nacional de Periodistas del Perú, tras la
aprobación en el Congreso de la República de una ley que ordena encarcelar
hasta por cuatro años a quienes difundan comunicaciones privadas interferidas
ilícitamente, considera su deber expresar lo siguiente:
1.- Que la aprobada reforma del artículo 162 del Código Penal
implica una mordaza a la prensa y afecta a los periodistas y medios de
comunicación, ya que tipifica también como delito, además de la interferencia o
escucha, la difusión de contenidos, mediante cualquier medio.
2.- Dicha reforma somete a una vigilancia permanente y previa a los medios y los periodistas, condicionando la difusión de los contenidos a la necesidad de determinar si el material o información será considerado posteriormente adecuado o no a la ley.
3.- La ley aprobada significa un desproporcionado e inconstitucional recorte a la libertad de expresión ya que permite la difusión única y exclusivamente de hechos de naturaleza delictiva.
En razón a ello, la ANP además de manifestar su público rechazo a la ley, demanda al presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, observarla, pues se trata de una norma que impone limitaciones a la labor periodística e incluye una forma de censura previa que atenta contra el derecho a la libertad de expresión, tanto en su dimensión personal como colectiva y viola los compromisos internacionales del Estado peruano contenido en los tratados, exponiéndose a la censura internacional.
Con anterioridad la ANP se pronunció sobre la propuesta que en sentido similar había elaborado la Corte Suprema de la República y se dijo en ese entonces que dicho Proyecto de Ley buscaba maniatar y criminalizar la labor de los periodistas, convirtiéndose en una espada de Damocles para la actividad de información independiente y de investigación.La ley aprobada es más de lo mismo y tiene el agravante de haber sido aprobada por la casi totalidad de congresistas.
2.- Dicha reforma somete a una vigilancia permanente y previa a los medios y los periodistas, condicionando la difusión de los contenidos a la necesidad de determinar si el material o información será considerado posteriormente adecuado o no a la ley.
3.- La ley aprobada significa un desproporcionado e inconstitucional recorte a la libertad de expresión ya que permite la difusión única y exclusivamente de hechos de naturaleza delictiva.
En razón a ello, la ANP además de manifestar su público rechazo a la ley, demanda al presidente de la República, señor Ollanta Humala Tasso, observarla, pues se trata de una norma que impone limitaciones a la labor periodística e incluye una forma de censura previa que atenta contra el derecho a la libertad de expresión, tanto en su dimensión personal como colectiva y viola los compromisos internacionales del Estado peruano contenido en los tratados, exponiéndose a la censura internacional.
Con anterioridad la ANP se pronunció sobre la propuesta que en sentido similar había elaborado la Corte Suprema de la República y se dijo en ese entonces que dicho Proyecto de Ley buscaba maniatar y criminalizar la labor de los periodistas, convirtiéndose en una espada de Damocles para la actividad de información independiente y de investigación.La ley aprobada es más de lo mismo y tiene el agravante de haber sido aprobada por la casi totalidad de congresistas.
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