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El
Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) fijó hasta en 300 nuevos soles el
aguinaldo por Fiestas Patrias que se abonará en la planilla de pago del mes de
julio a los trabajadores del sector público, mediante el Decreto Supremo
193-2014, publicado en el diario El Peruano.
La
norma detalla que el aguinaldo se otorgará a los funcionarios y servidores
nombrados y contratados del régimen del Decreto Legislativo 276 y la Ley 29944;
a los obreros permanentes y eventuales del sector público, al personal de las
Fuerzas Armadas y Policiales, así como a los pensionistas de la Ley 15117, de
los Decretos Leyes 19846 y 20530, el Decreto Supremo 051-88-PCM, y la Ley
28091.
Los
requisitos para percibir este pago son haber estado laborando al 30 de junio
del presente año, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de
remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se re?ere la Ley de
Modernización de la Seguridad Social en Salud.
Asimismo,
contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de junio
del presente año. Si no contara con el referido tiempo, el aguinaldo se abona
en forma proporcional a los meses laborados.
El
decreto hace precisiones para el caso del aguinaldo para el magisterio nacional
y para los docentes que laboren en jornada parcial o incompleta, mientras que
en el caso de los internos de Medicina Humana y Odontología se especifica que
el aguinaldo será la suma de cien soles. (ECHA-Agencias)
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