ESTABLECEN RÉGIMEN TEMPORAL DE
BENEFICIOS DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y NO TRIBUTARIAS HASTA EL 30
DE SETIEMBRE
Mediante
Ordenanza N° 027-2013-MPC del 14 de agosto del año en curso, se aprobó el
otorgamiento del beneficio de regularización tributaria en la vía
administrativa y coactiva, para el pago del Impuesto Predial, Impuesto al
Patrimonio Vehicular, Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines y
Serenazgo, Multas Administrativas, Multas Tributarias, Tasa de Licencias de
Funcionamiento.
Se
procederá a condonar hasta el 100% de los intereses moratorios y factor de
reajuste aplicables a las deudas tributarias por Impuesto Predial, Impuesto al
Patrimonio Vehicular, Arbitrios de Limpieza Pública, parques y jardines y Serenazgo,
vencidos al 31 de diciembre de 2012. Asimismo, se condonará el 100% de los
intereses moratorios y factor de reajuste aplicables a las deudas tributarias
por Tasa de Licencia de Funcionamiento que debieron cancelar hasta el año
1,999.
Podrán
acogerse a los beneficios otorgados, los contribuyentes que mantengan deuda
tributaria y no tributaria pendientes de pago en la vía administrativa y en la
vía coactiva con la Municipalidad Provincial de Cañete , inclusive aquellos que
hayan efectuado fraccionamiento de pago en forma anterior a lo dispuesto en la
presente norma.
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